¿En qué se diferencian la patria potestad y la guarda y custodia?
Los conceptos de patria potestad y custodia es habitual que se confundan, pues guardan relación entre sí pero con particularidades distintas. Como abogados especializados en divorcios en Málaga hemos creado este artículo para conocer las disparidades sobre éstos.
Diariamente, multitud de matrimonios se separan y comienzan un nuevo estilo de vida, donde en la gran mayoría de casos entra la función de un abogado de derecho matrimonial, por ejemplo, en los casos donde hay niños menores de edad, pues se debe tomar ciertas decisiones acerca de los cuidados y deberes de los padres con sus hijos.
Por ello, es importante conocer el contenido y las principales diferencias acerca de la patria potestad y la custodia, pues son términos fundamentales a la hora de la relación padres-hijos que supondrá a partir del divorcio.
¿Qué es la patria potestad?
La patria potestad se refiere al conjunto de derechos y deberes de los progenitores, independientemente si están casados o no, sobre sus hijos menores. Como principales funciones que se les atribuye con este término son por ejemplo:
Elección del colegio
Educación que se le va a dar
Decidir sobre temas médicos
Elección de la residencia del menor
Características de la patria potestad
Este concepto de patria potestad tiene una serie de características a cumplir. Es obligatoria, personal e intransferible. Además son ambos padres quienes tienen la obligación de decidir y ejercer estos deberes conjuntamente, pues es siempre compartida, excepto en casos excepcionales donde a alguno se le haya privado de la misma, determinado así en el Art. 156 del Código Civil.
Existen casos en los que los progenitores no están de acuerdo con las decisiones a tomar, es ahí cuando saltan las dudas de qué se debe hacer. En primer lugar, es fundamental intentar llegar a un acuerdo mediante el diálogo, si no es posible, se irá por la vía judicial.
En estos casos de controversias, será el juez, mediante un proceso jurídico, habiendo oído las opiniones de ambos progenitores y al hijo si es mayor de 12 años, quien tendrá el poder de decidir darle la facultad a uno de los progenitores, quien mejor considere para que tome cierta decisión.
En ocasiones donde exista ausencia, incapacidad o imposibilidad de uno de los padres de ejercer la patria potestad, será ejercida exclusivamente por el otro.
Por último, en situaciones donde los padres viven separados, será momento en que la patria potestad la ejerza el progenitor con quien el hijo conviva. No por ello, imposibilita al otro progenitor, pues, a solicitud de éste, el Juez podrá atribuir la patria potestad a distribuir entre ambos, siempre a interés del hijo.
¿Qué es la custodia?
Cambiando de concepto, la custodia de los hijos se trata de la convivencia y cuidado cotidiano del día a día de los mismos, como llevarlos al colegio, prepararles la comida, etc. Aspectos tan básicos en los que no deben entrar las decisiones y consentimientos de ambos progenitores.
Características de la custodia
La guarda o custodia de un hijo se puede atribuir tanto al padre, a la madre, a los dos o bien a otros familiares o terceros, pues existen diferentes tipos de custodia y dependerá la decisión en todo momento primando el interés del menor.
Se encuentran la custodia compartida, donde ambos progenitores contarán con la custodia del hijo, que se otorgará siempre en función de lo que interese más al menor, y no supondrá reparto igualitario de tiempos de convivencia con ambos progenitores.
A su vez, existe la custodia monoparental, donde sólo uno de los progenitores es quien asume el cuidado del niño, mientras que el otro progenitor sigue teniendo algunos derechos como el de visitar o comunicarse con él.
También se encuentran la custodia partida, donde se separaría a los hermanos, opción menos recomendable y la custodia atribuida a un tercero, dado en casos aislados, donde no serán los padres quienes se encarguen de los menores sino que lo harán otras personas con consentimiento.
Principales diferencias entre custodia y patria potestad
Ya sabiendo de qué trata cada concepto, vamos a conocer las principales diferencias entre patria potestad y custodia.
La patria potestad habla de derechos y deberes de los padres con sus hijos, y la custodia trata sobre el cuidado cotidiano.
La patria potestad le corresponde a ambos progenitores, es compartida, mientras que la custodia no tiene por qué ser compartida, puede tenerla sólo aquel que viva con el menor, dependiendo del tipo de custodia que se haya definido.
Tener la patria potestad no supone tener la custodia del hijo, pero sí al contrario, si dispones de la custodia de tu hijo, dispones también de la patria potestad. Es decir, perder la patria potestad supondrá siempre perder la custodia y no al contrario.
Criterios a seguir para atribuir la custodia de los hijos
Tras una ruptura o divorcio, es fundamental tener en cuenta que existe la posibilidad de que los progenitores sean quienes decidan con consentimiento mutuo sobre la custodia que va a regir en cada caso. Esto se dará a través de lo que conocemos como convenio regulador.
Pero, ¿qué es el convenio regulador? No es más que un documento, donde los protagonistas, en este caso, los padres de los menores, sean quienes determinen las relaciones que tendrán a partir de la separación con sus hijos. Con esto se consigue frenar la aparición de un juez, evitando así la decisión de un tercero sobre el tipo de custodia a definir.
Sin embargo, cuando no se da el caso de mutuo acuerdo, es cuando debe entrar la función del juez, y tras ello, es imprescindible conocer los criterios que se siguen para acordar el tipo de custodia. Teniendo en cuenta que lo que prima es el interés del menor, los siguientes criterios a seguir son:
El resultado de un informe del equipo psicosocial que exigen los Juzgados, que trata de una entrevista tanto a los padres como a los menores y se realizan las pruebas correspondientes para intentar determinar la mejor opción.
El principio de no separar los hermanos, por ello la custodia partida es la menos recomendable, pues no favorece a los menores.
Es fundamental tener presente la edad y el lugar de residencia de los menores, además del tiempo del que disponen los padres para dedicar a sus hijos.
En resumen, en la mayoría de ocasiones tras divorcio, son ambos progenitores quienes ejercen conjuntamente la patria potestad, mientras que la custodia será diferente en cada ocasión, pues cada núcleo familiar es un mundo, por lo que es importante contar con buen asesoramiento.
Si estás pasando por un proceso de separación o divorcio matrimonial, es probable que necesites el asesoramiento de un abogado especializado en derecho matrimonial, y desde Lourdes Mata Abogados estamos dispuestos a asesorarte en todo momento.